No son pocos los casos en los que, el comprador paga unos honorarios de agencia sin que exista una causa legítima para ello porque visitar un inmueble anunciado no genera por sí solo derechos de cobro de honorarios.

En los casos en los que la agencia inmobiliaria no ha buscado la vivienda de manera personalizada al comprador, no ha representado al cliente… simplemente ha estado presente en la operación trasladando la oferta del comprador al vendedor el cobro de honorarios al comprador es ilícito.
El Código Civil lo establece claramente.
El artículo 1274 del Código Civil exige una causa lícita y existente para la validez de la obligación.
Si esa causa falta, o si fue simulada, el cobro no tiene sustento jurídico.
No basta con firmar algo: debe haber algo real que justifique lo cobrado.
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Revisemos cómo ha sido la transacción con la inmobiliaria y veamos si en tu caso ese cobro de honorarios de inmobiliaria es reclamable en su integridad.



